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No es obligatorio contratar el seguro de Vida con el banco al firmar una hipoteca
El Colegio de Medidores de Seguros alerta de que varios bulos sobre el seguro de Vida siguen influyendo en la contratación de hipotecas y en la protección económica familiar y recuerda que no es obligatorio contratar el seguro de Vida con el banco para conseguir una hipoteca.
De hecho, la Ley 5/2019 prohíbe con carácter general las ventas vinculadas y establece que, si el prestamista exige una póliza en garantía del préstamo, debe aceptar alternativas con condiciones y nivel de prestaciones equivalentes, sin cobrar comisión por analizarlas ni empeorar las condiciones del préstamo por presentarlas. El Banco de España también recuerda que, ante productos vinculados o combinados, conviene comparar alternativas y valorar el coste real del conjunto.
El Colegio de Medidores de Seguros recomienda comparar la hipoteca con y sin vinculación, incluyendo seguros y servicios añadidos, "porque una pequeña rebaja en la cuota no siempre compensa pagar durante años primas más altas".
La compañía también cuestiona otra idea muy repetida fuera del ámbito hipotecario: que el seguro de Vida apenas paga siniestros. En este sentido, Unespa ha señalado que los seguros de Vida ligados a préstamos saldan miles de hipotecas cada año tras un fallecimiento, pero la utilidad de estas pólizas va más allá de la deuda: también sirven para proteger los ingresos familiares y amortiguar el impacto económico que puede dejar un fallecimiento o una invalidez en el hogar.
Ante este escenario, El Colegio de Medidores de Seguros recomienda revisar tres cuestiones antes de contratar o renovar un seguro de Vida: si existe libertad real para elegir proveedor, cuál es el coste total de la hipoteca con y sin productos vinculados, y qué papel tendría la póliza en la estabilidad económica de la familia si faltara uno de sus ingresos principales.
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